Políticas públicas fundamento para la despenalización del aborto sentimental y eugenésico previsto en el art. 120° del Código Penal Peruano vigente en la Región Ucayali-2016
Abstract
La investigación titulada: POLITICAS PÚBLICAS FUNDAMENTO PARA LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO SENTIMENTAL Y EUGENÉSICO PREVISTO EN EL ART. 120° DEL CÓDIGO PENAL PERUANO VIGENTE EN LA REGIÓN UCAYALI-2016, se plantea en base a que, en el Perú y el resto del mundo, pocos temas son tan controversiales como el aborto. En los países euro-asiáticos como: Rusia, China; Norteamérica y países latinoamericanos como: Brasil, Argentina y Uruguay, mantienen una posición liberal respecto al tema. Por el contrario, nuestro código penal prohíbe el aborto, salvo cuando la vida de la madre corre peligro. En nuestro país la figura jurídica del aborto, es considerado a nivel del derecho penal como delito, esta debe ser en forma sistémica, es decir, no solamente a nivel legal, sino tomando en cuenta principalmente la realidad de nuestra sociedad; ya que el derecho no puede ser desligado de la misma, como también con la política demográfica, la planificación familiar, el estado y la familia. Sin embargo, nuestra legislación peruana al respecto (Código Penal de 1991) estipula que se penaliza todas las formas de aborto con excepción del terapéutico, e incluye como figuras atenuantes el aborto ético o sentimental y el aborto eugenésico.
Las voces de protesta de un sector de la población obligó al legislador a cambiar su planteamiento tipificando como aborto privilegiado o atenuado estas dos modalidades, tal como aparece en la redacción del artículo 120 del Código Penal. La investigación ha planteado como Problema: ¿De qué manera las políticas públicas influyen en la despenalización del Aborto sentimental y eugenésico previsto en el art.120 del código penal peruano vigente en la región Ucayali? El Objetivo es: Determinar de qué manera las políticas públicas influye en la despenalización del Aborto del art.120 del código penal peruano vigente en la región Ucayali. La Hipótesis es: Las políticas públicas que influyen significativamente en la despenalización del Aborto del art.120 del Código Penal Peruano vigente en la Región Ucayali.
Los principales resultados son las siguientes: Según los datos procesados del ítem N° 08 se muestra que 40 de las personas jurídicas y naturales que representan el 37.7%, afirmaron que la ciudadanía participa de manera regular en términos de políticas públicas. Por otro lado 8 de las personas jurídicas y naturales que representan un 7.5%, estimaron que es bueno en términos de políticas públicas.
Consecuentemente según los datos procesados del ítem N° 17 se muestra que 40 de las personas jurídicas y naturales que representan el 37.7%, calificaron como regular en términos generales despenalización del aborto del art. 120° del código penal peruano. Por otro lado 9 de las personas jurídicas y naturales que representan un 8.5%, calificaron como bueno dicho ítem.