Las llamadas amenazantes y la entrega de dinero a cambio de recuperación de vehículos ¿Extorsión o Receptacion?,Lima 2017
Abstract
Esta investigación plantea como objetivo: Determinar cuál es la relación entre el criterio axiológico y la tipificación de las llamadas amenazantes y la entrega de dinero a cambio de la recuperación de vehículos sustraídos como delitos de extorsión o receptación. El presente estudio es de tipo descriptivo y de corte transversal, el presente trabajo presenta como conclusiones lo siguiente: La interpretación literal no agota el complejo proceso de subsunción; por el contrario, es necesaria la realización de juicios de valor sobre la conducta. Desde esa perspectiva, debe de atenderse a diversos criterios (literal, lógico y axiológico) que permitirán la conexión entre el sentido profundo –teleológico– de la conducta y el sentido teleológico que el tipo penal posee. La conducta de quien conmina a la víctima de un robo o hurto a entregar cierta suma de dinero a cambio de recuperar su vehículo, esto es, de quien hace las veces de “intermediador” entre la víctima y el agente del delito precedente, podrá subsumirse en el delito de receptación y no en el de extorsión, siempre que se ponga énfasis en criterios adicionales a la sola literalidad del tipo.