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dc.contributor.advisorVillavicencio Guardia|, Pedro Getulio
dc.contributor.authorPariona Villaverde, Constantino
dc.date.accessioned2021-12-16T15:18:34Z
dc.date.available2021-12-16T15:18:34Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.13080/6752
dc.description.abstractOBJETIVO: Determinar la relación entre la legitima defensa y los presupuestos de cumplimiento, en defensa del bien jurídico propio o de tercero en la Ciudad de Cañete, 2015. METODOLOGIA: Utilizó un tipo de estudio básica, diseño no experimental con un nivel descriptivo – correlacionar, retrospectiva. De acuerdo, con el propósito la función principal es descriptivo. La muestra o unidad de análisis constituyen: 231 Abogados, 5 fiscales, 4 jueces. Se aplicaron encuestas y se analizaron los expedientes correspondientes. RESULTADOS: De una muestra de 240, el 76.7% afirmó que SI sabe lo que es la legitima defensa en el Derecho Penal. El 69.2 % afirmó que es necesario actuar ante cualquier tipo de agresión. El 26.7 % afirmó que NO es justificable agredir a una persona ante un susto mínimo. El 21.7% afirmó que NO cree que lesionar a una persona en defensa propia es una causa justificable. El 28.3% afirmó que NO cree que ante una falta de provocación suficiente es necesario una reacción irracional y consecuentemente lesionar la persona. El 64,2% afirmó que SI cree que salir en defensa de bienes jurídicos de terceros es una causa de justificación para la eximente de la conducta punible. El 56,7% afirmó que, SI el agredido está obligado, evitar la agresión mediante un medio distinto de la defensa, por ejemplo, huyendo. El 51.3% afirmó que NO cree que la legítima defensa es legítima porque es también un acto de justicia. El 49.6% afirmó que SI cree que la agresión ilegítima debe ser dolosa. Por último, el 57.5% SI cree que la defensa supone que un bien jurídico debe estar en peligro. CONCLUSIONES: La relación entre la legítima defensa y defensa por los bienes jurídicos propios, es una causa de eximente de la conducta de la persona que lesiona otro bien jurídico, dado a que se tiene un valor de p= 0.000, cuya correlación es significativa al nivel 0,01 (bilateral), y una correlación de Pearson moderadamente significativa de 69.2 Para los demás casos se aceptan la hipótesis nula, toda vez que los valores de p sean mayores que 0.005. Si la realización de conductas lesiona o pone en peligro los bienes jurídicos, entonces estos actos constituyen delito, salvo que estas conductas estén ordenadas o permitidas por una norma jurídica.es_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Hermilio Valdizánes_PE
dc.relation.ispartofseriesPCP00227P26;
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_PE
dc.subjectLegítima defensaes_PE
dc.subjectDefensa del bien jurídico propioes_PE
dc.titleLa legítima defensa de la persona investigada en defensa de bienes Jurídicos Propios o de Terceros, Cañete 2015es_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.levelMaestría
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Hermilio Valdizán. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.nameMaestro en Derecho, mención en Ciencias Penaleses_PE
thesis.degree.disciplineDerecho, mención en Ciencias Penaleses_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
renati.advisor.dni22406521
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/ 0000-0003-4640-6711es_PE
renati.author.dni31040535
renati.discipline421057es_PE
renati.jurorTorres Salcedo, Victor
renati.jurorOstos Miraval, Reynaldo
renati.jurorAyala Albites, Flor
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE


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