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dc.contributor.advisorEstacio Flores, Hamilton
dc.contributor.authorChagua Timoteo, Epifania
dc.date.accessioned2022-09-27T15:40:20Z
dc.date.available2022-09-27T15:40:20Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.13080/7516
dc.description.abstractAsimismo, se ha realizado una evolución histórica sobre la seguridad social y las corrientes más importantes en ese desarrollo. Este análisis nos ha permitido visibilizar dos corrientes que han dominado el escenario de la seguridad social; y del cual se desprende la comprensión actual de la seguridad social en su vertiente de Pensión no Contributiva. El Perú durante el siglo XIX, XX y hasta el primer decenio del siglo XXI ha desarrollado la seguridad social contributiva nutriéndose de la tradición alemana de los históricos seguros sociales modelo Bismarckiano. Sin embargo, a partir del mes de agosto del 2010 existe una política social que pretende asimilarse a la pensión no contributiva a favor de las personas mayores. Nuestro país ha desarrollado a partir del primer decenio políticas públicas a favor de las Personas Adultas Mayores, denominadas Programa Piloto de Asistencia Solidaria “Gratitud” (D.U. 059-2010) y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” (D.S. 081-2011-PCM); que representan un avance en el objetivo de pretender normar las pensiones no contributivas en el Perú. Las políticas públicas diseñadas de “Gratitud” y “pensión 65” se encuentran asentada solo en el pilar de las vulnerabilidades (es decir las PAM (personas adultas mayores), son objetos pasivos de protección) y se deja de lado la participación integral de las Personas Mayores para mejorar sus propias condiciones. No se abre espacios públicos para escuchar y asumir las propuestas y pretensiones de las PAM (personas adultas mayores). Las personas adultas mayores representan el 9.1% de la población y es democrático que los representantes participen en el diseño y ejecución de las políticas públicas. El Estado social y democrático de derecho no sólo debe propender a atender las limitaciones de los ciudadanos sino también debe incorporar su real participación democrática. No incluirlos constituye una clara discriminación y marginación que a la postre generará una mayor demanda tutela porque estaremos aes_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional Hermilio Valdizánes_PE
dc.relation.ispartofseriesPCP00248Ch51;
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es_PE
dc.subjectSeguridad sociales_PE
dc.subjectPolíticaes_PE
dc.subjectDiscriminaciónes_PE
dc.subjectMarginaciónes_PE
dc.subjectParticipación democráticaes_PE
dc.titleEl derecho de las personas mayores a gozar de pensiones no contributivas en la Provincia de Huánucoes_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.levelMaestríaEs_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional Hermilio Valdizán. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.nameMaestro en Derecho, mención en Ciencias Penaleses_PE
thesis.degree.disciplineDerecho, mención en Ciencias Penaleses_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
renati.advisor.dni22520887
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-8735-3591es_PE
renati.author.dni22508663
renati.discipline421057es_PE
renati.jurorPicón Ventocilla, Jorge
renati.jurorVillogas Silva, María
renati.jurorRamírez Picón, Leodigario
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE


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